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• Patient and Visitor Guide:
Kaweah Delta Health Care District Includes:

• Kaweah Delta Medical Center
• Kaweah Delta Rehabilitation Hospital
• Kaweah Delta Mental Health Hospital
• The Lifestyle Center
• Sequoia Imaging Center
• San Juan Health Center
• Porterville Dialysis

and maintains partnerships with:

• Sequoia Regional Cancer Center
• Cypress Surgery Center
• Quail Park Retirement Village

Patient Rights in California

* In English

De conformidad con el Artículo 70707 del Código Administrativo de California (California Administrative Code), el hospital y el personal médico han adoptado la siguiente lista de derechos de los pacientes. Título 22, Código de Reglamentos de California (California Code of Regulations), Artículo 70707. P.O. Box 1100, 1201 K Street, Suite 800, Sacramento, CA 95812-1100, (916) 443-7401, Fax (916) 552-7596.

Usted tiene derecho a:
  1. Atención considerada y respetuosa, y a estar cómodo. Tiene derecho a que se respeten sus valores, creencias y preferencias culturales, psicosociales, espirituales y personales.

  2. Que a un familiar (o algún otro representante de su elección) y a su propio médico se les notifique oportunamente de su admisión al hospital.

  3. Conocer el nombre del médico que sea el principal responsable de coordinar su atención y los nombres y relaciones profesionales de otros médicos y personal que lo verán.

  4. Recibir información acerca de su estado de salud, curso de tratamiento, perspectivas de recuperación y resultados de la atención (incluso resultados no anticipados) en términos que usted pueda comprender. Tiene derecho a una comunicación eficaz y a participar en el desarrollo y la implementación de su plan de cuidado. Tiene derecho a participar en las cuestiones éticas que puedan surgir durante el curso de su cuidado, incluso temas relacionados con la resolución de conflictos, la no prestación de servicios de resucitación, y la omisión o interrupción del tratamiento para mantenerlo artificialmente con vida.

  5. Tomar decisiones relacionadas con la atención médica, y recibir tanta información acerca del tratamiento o procedimiento propuesto según lo necesite, con el fin de dar un consentimiento informado o rechazar un curso de tratamiento. Excepto en casos de emergencia, esta información deberá incluir una descripción del procedimiento o tratamiento, los riesgos médicos importantes involucrados, cursos alternativos de tratamiento o no tratamiento y los riesgos involucrados en cada uno, y el nombre de la persona que llevará a cabo el procedimiento o tratamiento.

  6. Solicitar o rechazar tratamiento hasta el grado que lo permita la ley. Sin embargo, no tiene derecho a exigir tratamiento o servicios inadecuados o médicamente innecesarios. Tiene derecho a salir del hospital, aun contra el consejo de los médicos, hasta el grado que lo permita la ley.

  7. Que le avisen si el hospital/médico personal propone involucrarlo en experimentos humanos, o practicárselos, que afecten el cuidado de su salud o tratamiento. Usted tiene derecho a negarse a participar en dichos proyectos de investigación.

  8. Respuestas razonables a cualquier solicitud razonable de servicio.

  9. Evaluación y control adecuado de su dolor, información acerca de su dolor, medidas para aliviar el dolor y participar en las decisiones referentes al control del dolor. Usted puede solicitar o rechazar el uso de cualquiera o todas las modalidades para aliviar el dolor, incluyendo medicación opiácea, si sufre de un dolor grave crónico no tratable. El médico puede negarse a recetarle el medicamento opiáceo, pero de hacerlo, deberá informarle que existen médicos que se especializan en el tratamiento de dolor grave, crónico, no tratable, con métodos que incluyen el uso de opiáceos.

  10. Formular directivas anticipadas. Esto incluye nombrar a una persona que tomará las decisiones por usted, si usted queda incapacitado de comprender un tratamiento propuesto o no puede comunicar sus deseos respecto de su atención médica. El personal del hospital y los profesionales que prestan servicios en el hospital deben cumplir estas directivas. Todos los derechos del paciente se aplican a la persona que tiene la responsabilidad legal de tomar decisiones sobre la atención médica en nombre del paciente.

  11. Que se respete su privacidad personal. La discusión del caso, consultas, exámenes y tratamiento son confidenciales y deben llevarse a cabo discretamente. Tiene derecho a que le digan la razón de la presencia de cualquier individuo. Tiene derecho a que los visitantes salgan antes de un examen, y cuando se discutan cuestiones sobre su tratamiento. Se utilizarán cortinas para su privacidad en las habitaciones semi- privadas.

  12. Tratamiento confidencial de todas las comunicaciones y registros relacionados con su atención y con su hospitalización. Tiene derecho a recibir un “Aviso de Prácticas de Privacidad” que le explique sus derechos de privacidad en detalle y cómo podemos usar y divulgar su información médica protegida.

  13. Recibir atención en un entorno seguro, libre de abusos mentales, físicos, sexuales y verbales, abandono, explotación o acoso. Tiene derecho a acceder a servicios de protección y representación del paciente, incluso a denunciar casos de abandono o abuso ante las dependencias gubernamentales.

  14. No ser sometido a métodos de contención y reclusión utilizados como medio de coerción, disciplina, conveniencia o venganza por parte del personal.

  15. Una razonable continuidad de la atención y a conocer con anticipación la hora y el lugar de sus citas, y también la identidad de las personas que lo atenderán.

  16. Ser informado por el médico, o un delegado del médico, de la necesidad de continuar los cuidados médicos después del alta del hospital. A su pedido, esta información puede ser comunicada también a un amigo o familiar.

  17. Conocer cuales reglas y políticas del hospital se aplican a su conducta como paciente.

  18. Designar las visitas que usted prefiere recibir, si está en condiciones de decidirlo, ya sea que la visita se relacione o no por lazos familiares o matrimoniales, a menos que:
      •  No se permitan visitas.
      •  La instalación determine razonablemente que la presencia de un visitante en particular podría poner en peligro la salud o seguridad de un paciente, de un miembro del personal de la instalación de salud o de algún otro visitante de la instalación de salud, o interrumpirí considerablemente las operaciones de la instalación.
      •  Usted le ha dicho al personal de la instalación de salud que ya no quiere que lo visite una persona en particular.
    Sin embargo, una instalación de salud puede establecer restricciones razonables para las visitas, incluyendo restricciones al horario de visitas y al número de visitantes.

  19. Que se consideren sus deseos, si no tiene capacidad para tomar decisiones, para fines de determinar quién puede visitarlo. La política del hospital respecto a las visitas revelará el método de esa consideración. Como mínimo, el hospital deberá incluir a cualquier persona que resida en su hogar.

  20. Examinar y recibir una explicación de la cuenta del hospital, independientemente de la fuente de pago.

  21. Ejercer estos derechos sin considerar género, situación económica, nivel de educación , raza, color, religión, ancestros, origen nacional, edad, incapacidad, orientación sexual o estado civil, o la fuente del pago por la atención.

  22. Presentar quejas. Si desea presentar una queja ante el hospital, puede hacerlo por escrito o mediante un llamado telefónico a :
    Kaweah Delta Health Care District 400 W Mineral King Ave Visalia, CA 93291 (559) 624-2000 FAX (559) 635-4021
    El comité de quejas examinará cada queja y le proporcionará una respuesta por escrito. La respuesta por escrito incluirá el nombre de una persona del hospital con quien comunicarse, las medidas tomadas para investigar la queja, los resultados del proceso de la queja y la fecha de finalización de dicho proceso. Además, las preocupaciones relacionadas a la calidad de la atención médica o al alta prematura serán derivadas a la organización Utilization and Quality Control Peer Review Organization (PRO, por su sigla en inglés).

  23. Presentar una queja ante el Departamento de Servicios de Salud (Department of Health Services) y /o JCAHO, independientemente de si utiliza el proceso de presentación de quejas del hospital.

El número de teléfono y dirección del Departamento de Servicios de Salud del estado es:

Department of Health Services
5957 South Mooney Blvd.
Visalia, CA 93277
dmhansen@tularehhs.org
Oficina (559) 737-4660, Ext. 2640
FAX (559) 624-1071

The Joint Commission
Division of Accreditation Operations
Office of Quality Monitoring
One Renaissance Boulevard
Oakbrook Terrace, IL 60181
FAX 630/792-5636
E-mail complaint@jcaho.org

Este documento de Derechos de los Pacientes incorpora los requisitos de la Comisión Conjunta de Acreditación de Organizaciones de Atención de la Salud (Joint Commission on Accreditation of Healthcare Organizations); Título 22, Código de Reglamentos de California (California Code of Regulations), Artículo 70707; Artículos 1262.6, 1288.4 y 124960 del Código de Salud y Seguridad; y Artículo 482.13 del Título 42 del C. R. F. (Condiciones de participación de Medicare).